Uso de Espacios
¿En qué consiste?
El Servicio de Cesión de Uso de Espacios, previa solicitud por escrito, permite el acceso temporal a los distintos espacios y salas de uso polivalente de los Centros Cívicos a asociaciones, colectivos y grupos de personas en número no inferior a 5, así como a los distintos Departamentos Municipales, para el desarrollo de actividades de carácter social y cultural .
Al Servicio de Cesión de Uso de Espacios le corresponde:
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Orientación e indicaciones necesarias para facilitar el acceso de la persona usuaria al servicio.
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Entrega, recepción, tramitación y resolución de solicitudes, de forma presencial o telemática.
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Cesión temporal de determinadas salas del Centro Cívico.
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Adecuación de las salas para el desarrollo de las actividades que justifican la solicitud.
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Cesión de espacio en los almacenes del Centro Cívico para el depósito temporal de materiales de cara al desarrollo de la actividad por la entidad que hace uso de las instalaciones.
Los espacios disponibles para este servicio dependerán del Centro Cívico.
El procedimiento de autorización del uso de espacios, esta regulado en los artículos del 44 al 55 del Reglamento de Funcionamiento de los Centros Cívicos Municipales, aprobado por acuerdo de Pleno de fecha 4 de mayo de 2000 (BOP 31 de mayo). Éste contiene una serie de condiciones generales.
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La cesión de las instalaciones y recursos municipales implica la aceptación de las normas que lo regulan y su incumplimiento conllevará la pérdida del derecho a su uso.
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La asociación, colectivo o entidad solicitante será responsable del buen uso de las instalaciones y recursos municipales cedidos, debiendo atender, en todo momento, las indicaciones del personal del Centro.
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No se autorizará ninguna actividad que comporte ánimo de lucro, quedando prohibida la venta de obras de creación artística, literaria, de ensayo en acto de presentación o exposición en el Centro (art. 51).
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La concesión de las autorizaciones está supeditada a la disponibilidad de espacios, una vez cubiertas las necesidades de los Servicios Municipales.
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Las autorizaciones podrán ser suspendidas temporalmente por necesidades organizativas del centro (art. 52 y 53).
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Al finalizar la actividad deberán cumplimentar la ficha de control de usuarios/as.
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Queda prohibido fumar en todas las dependencias del Centro, conforme establece la Ley 28/2005, de 26 de diciembre.
De manera general el horario de este servicio es de lunes a viernes de 8:30 a 21:30 horas. Este horario puede verse modificado en períodos vacacionales o por cuestiones relativas a la organización del servicio. Excepcionalmente, en caso de solicitud de apertura en horario extraordinario en fin de semana o días festivos, la entidad organizadora asume el coste de la vigilancia y/o seguridad necesaria, debiendo la Dirección emitir un informe al respecto.
Documentación
La documentación a aportar para acceder a este servicio será la siguiente:
- Modelo de solicitud con al menos 10 días de antelación a la realización de la actividad.
- Estatutos de la Asociación (sólo la primera vez que se solicita espacio en un Centro Cívico). En caso de carecer de Estatutos documento firmado por los/as miembros que acredite la naturaleza de la entidad y los objetivos que persigue.
- Proyecto de Actividad a realizar (para actividades periódicas, es decir, con una duración superior a dos semanas), o en el caso de que la actividad esté subvencionada aportar la resolución de la concesión en lugar del proyecto.
- Memoria de la Actividad (una vez finalizada la actividad periódica).
Actividades excluidas
Aquellas actividades que tengan contenido lucrativo, político, sindical empresarial, comercial, religioso, y en general todas aquellas que expresamente aparezcan recogidas en los normas de funcionamiento de los Centros Cívicos.
Sede Física y Postal
De forma paralela al Servicio de Cesión de Uso de Espacios, se presta el Servicio de Sede Física y/o Postal a Asociaciones a través del cual se facilita un espacio, así como cierta infraestructura para el desarrollo de su misión, a aquellas asociaciones de los distritos que carecen de una sede para reunirse. Del mismo modo se posibilita que dichas asociaciones puedan señalar como domicilio social, a efectos decorrespondencia postal, al propio Centro Cívico.
Al Servicio de Sede Física y/o Postal a Asociaciones le corresponde:
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Orientación e indicaciones necesarias para facilitar el acceso de la persona usuaria al servicio.
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Recepción, tramitación y resolución de solicitudes, de forma presencial o virtual.
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Cesión temporal de determinadas salas del Centro Cívico.
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Adecuación de las salas para el desarrollo de las actividades que justifican la solicitud.
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Cesión temporal del uso de armarios y taquillas (un espacio por asociación), sujeto a disponibilidad.
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Recepción y custodia de correspondencia postal a nombre de las entidades que lo soliciten.
Se solicitará por escrito adjuntando fotocopia de los Estatutos de la entidad y especificando la necesidad o no de espacio de almacenaje.
El horario de solicitud es de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas coincidiendo con el horario del servicio administrativo. Este horario puede verse modificado en períodos vacacionales o por cuestiones relativas a la organización del servicio.
Relación de Centros Cívicos
El servicio de Uso de Espacios se presta en los siguientes Centros Cívicos:
Distrito Centro
Distrito Sur
Distrito Sureste
Centro de Iniciativas Culturales Osio
Distrito Levante
Distrito Norte Sierra
Distrito Noroeste
Centro Sociocultural El Parque
Distrito Poniente Sur
Distrito Poniente Norte
Distrito Periurbano Este-Campiña
Distrito Periurbano Oeste-Sierra