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Registro Municipal de Asociaciones/Entidades Ciudadanas

Baja de oficio de Asociaciones Inactivas


En aplicación del citado artículo 22.6 del Reglamento de Participación, se les dio traslado del inicio del trámite de baja en febrero del presente año, indicándole que podrían formular alegaciones en un plazo no superior a 15 días, trascurrido el cual se procedería a la BAJA efectiva de dichas Entidades.

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación, realizados de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la ley 39/2015 de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta lo indicado por el art 44 de la misma ley, se relacionan a continuación en el anexo adjunto las Entidades afectadas, dando por efectuadas dichas notificaciones, a partir de la fecha de esta publicación, pudiendo formular alegaciones en plazo no superior a 15 días. Transcurrido el cual se procedería a la BAJA de oficio efectiva.

pdfProcedimiento Relativo a La Comunicación de Bajas de Oficio a Asociaciones Inactivas Inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas

pdfAnuncio B.O.E. Baja de Asociaciones Inactivas 21-03-2018

pdfAnuncio del B.O.E. Nº 149 - Viernes 23 de junio de 2017.

pdfEdicto y Anexo: Relación entidades para trámite de baja en el rmec.

 

pdfDocumento sobre registro y la inscripción al RMEC

¿Qué es?

Es un registro en el que se encuentran inscritas todas las asociaciones ciudadanas que tengan su ámbito de actuación principal en alguno de los distritos de Córdoba. Tiene carácter público y puede ser consultado por cualquier persona interesada. Es un sistema dinámico, creado en 1988, que trata de conocer la realidad asociativa de la ciudad y analiza y estudia la evolución del tejido asociativo para facilitar esa información al Ayuntamiento y a las entidades y favorecer una eficaz política de fomento y mejora de la actividad asociativa. La inscripción en este registro facilita a las asociaciones su difusión y acceso a los servicios y actividades municipales, siendo requisito indispensable para el acceso a ciertas ventajas, como la concesión de algunas subvenciones.

La inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas es inmediata a partir del momento en que se presente el modelo de solicitud [enlazar con el modelo en pdf] junto a la documentación requerida a través de cualquier oficina de registro del Ayuntamiento de Córdoba  o la Sede electrónica, así como en las demás oficinas establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común  

Documentación a aportar

  1. Copia de los estatutos de la asociación, diligenciados por el Registro Oficial de Asociaciones que proceda.

  2. Acta o certificación qu e acredite la personalidad de los miembros de la Junta Directiva, así como sus domicilios y teléfonos de contacto.

  3. Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.

  4. Programa o memoria anual de sus actividades, en rasgos generales.

  5. Otras.