Subvenciones para el fomento de la participación 2025
Convocatoria de Subvenciones de Participación Ciudadana 2025
Con fecha 26 de marzo de 2025 se ha publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba el Decreto del Delegado de Participación Ciudadana por el que se acuerda la inadmisión de las solicitudes de subvención, se aceptan alegaciones presentadas por entidades solicitantes y se requiere la aportación de documentación en los casos que procede, dentro de la Convocatoria de Subvenciones de Participación Ciudadana 2025.
Con fecha 5 de marzo de 2025 se ha publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba el REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES 2025, que también se puede consultar en https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/
Como se indica en el anuncio, se requiere a las entidades mencionadas que, en el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente de la publicación en el tablón de anuncios municipal, es decir del 6 al 19 de marzo, ambos inclusive, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos que figuran en el requerimiento.
Se les indica que, en caso de que no sean subsanadas, la solicitud se dará por desistida. Asimismo, sólo serán tenidas en consideración las subsanaciones que expresamente se solicitan y que sean presentadas por la entidad requerida por registro electrónico; si la solicitud se presentara en otro registro electrónico, de los que figuran en el art. 16 de la Ley 39/2015, que no sea el propio Ayuntamiento de Córdoba, se invita a informar de tal circunstancia al Departamento de Participación Ciudadana mediante remisión de correo electrónico a participacion.ciudadana@ayuncordoba.es.
Aquí tenéis el formulario de subsanación para modalidad A y el formulario de subsanación para modalidad B.
*Nota: Las entidades interesadas que no estén incluidas en el requerimiento no implica que hayan alcanzado la puntuación mínima necesaria para obtener la condición de entidad beneficiaria.
Aquí podéis consultar si hay algún error o no aparecéis en este listado aquellas entidades que habéis solicitado subvención en la Convocatoria de Subvenciones para el Fomento de la Participación Ciudadana 2025. En el mismo documento se adjunta el listado de aquellas entidades que incurren en causa de inadmisión, abriéndose para ambos casos el plazo de alegaciones de 10 días hábiles, al día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba, para que las entidades interesadas presenten las alegaciones que estimen por conveniente. Aquí el correspondiente edicto.
Ambos listados también se han publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba: https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/
MUY IMPORTANTE, EL DOCUMENTO QUE SE ADJUNTA CONTIENE DOS ANEXOS QUE CONVIENE REVISAR:
- Anexo 1. La relación de entidades que han solicitado subvención, con la modalidad e importe solicitado.
- Anexo 2. Las entidades inadmitidas y la causa de inadmisión.
Quedamos a vuestra disposición para resolver las dudas que puedan surgir.
El día 11 de enero se inicia el plazo para la presentación de solicitudes de subvenciones 2025, mediante la publicación del correspondiente Acuerdo núm. 1.303/2024 en el B.O.P de Córdoba N.º 6, de fecha 10 de enero de 2025.
El plazo para la presentación de las solicitudes, que tendrán que ajustarse a lo establecido en las Bases de la Convocatoria, será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación, esto es del 11 de enero al 30 de enero, ambos incluidos.
MUY IMPORTANTE: Las solicitudes deben presentarse utilizando los formularios online específicos para la convocatoria, que se pueden encontrar a partir del día 11 de enero en el catálogo de trámites del Menú Principal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba en https://sede.cordoba.es/cordoba/
Si no estuvieran disponibles los formularios online específicos o si, por cualquier otra circunstancia, no fuera posible realizar a través de esa vía el registro de la solicitud, podrán usarse los formularios en formato pdf disponibles más abajo, debiendo presentarse una vez rellenos a través del Registro Electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba https://sede.cordoba.es/cordoba/ (dirigidos a la unidad destinataria LA0016670 : Participación Ciudadana) o utilizando otros registros electrónicos reconocidos por la citada ley en su artículo 16.4.
Otras cuestiones de interés:
- En esta sección podéis acceder a documentación útil: las Bases de la Convocatoria, los formularios de solicitud (modalidad A y modalidad B), el Modelo de Designación de Cuenta Bancaria (sólo si ha cambiado el nº de cuenta de vuestra asociación o lo utilizáis por primera vez en el Ayto.), el Anuncio en BOP de las Bases y el correspondiente Edicto.
– Formulario de solicitud Modalidad A
– Formulario de solicitud Modalidad B
– Modelo de Designación de Cuenta Bancaria
– Anuncio en BOP de las Bases
– Edicto
– PDF informativo de la Convocatoria de Subvenciones 2025 para el Fomento de la Participación Ciudadana - Se recuerda la importancia de que las entidades vayáis comprobando que la asociación no tenga deudas con la Tesorería de la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria ni con el Ayuntamiento de Córdoba antes de que finalice el plazo de solicitud de subvención (finaliza el 30 de enero). Los correspondientes certificados de estar al corriente podemos obtenerlos desde el Ayto. si se autoriza a ello en el formulario de solicitud.
- Para cualquier otra duda relacionada con la interpretación o aplicación de las Bases de la Convocatoria de Subvenciones se puede contactar con el personal municipal a través de:
subvenciones.participacionciudadana@ayuncordoba.es
Tfnos: 957 499 900, 957 499 947 (extensiones 20363 y 17401).
Casa Ciudadana, en Ronda del Marrubial, s/n.