Subvenciones para el fomento de la participación 2026
Se ha publicado el Edicto con el Acuerdo del Concejal Delegado de Participación Ciudadana mediante el que se requiere la subsanación de documentación a las entidades que han presentado solicitud a la Convocatoria de Subvenciones 2026, de tramitación anticipada, para el fomento de la Participación Ciudadana (Modalidad A y Modalidad B), así como, Acuerdo por el que se otorga plazo de audiencia a aquellas entidades que incurren en causa de inadmisión de la solicitud presentada en la citada convocatoria de subvenciones.
En el Anexo 1 de dicho documento se pueden consultar las entidades que tienen que subsanar, alegar o acompañar los documentos requeridos (Modalidades A y B), teniendo un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba para la subsanación. Si así no lo hicieran se les tendrán por desistidos de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el Anexo 2 se pueden consultar las entidades que incurren en causa de inadmisión de solicitud. A dichas entidades se les concede un plazo de audiencia de 10 días hábiles, desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba, para que puedan presentar alegaciones y/o la documentación que estimen conveniente.
Más abajo podéis encontrar el Edicto y dos modelos normalizados previstos para los siguientes requerimientos de subsanación:
- PRESENTAR EL FORMULARIO DE SUBSANACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE (A y/o B) que se adjuntan, en el caso de tener que marcar alguna/s de las casillas de la declaración responsable o la cláusula de protección de datos que no se marcaron en el formulario de la solicitud de subvención presentada.
- PRESENTAR ACREDITACIÓN DE LA PERSONA QUE HA PRESENTADO LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN, SEGÚN SE INDICA EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA 2026 (tener en cuenta si quien ha presentado la solicitud de subvención es la presidencia con su certificado electrónico individual, otro miembro de la junta directiva -para el que sirve el modelo de certificado que se adjunta- o bien se trata de otra persona que habría que apoderar legalmente siempre que lo permitan los estatutos de la entidad – https://sedejudicial.justicia.es/-/apoderamiento-apud-acta -).
Dicha documentación se presentará a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Córdoba, dirigido a la Unidad destinataria: LA 0016670 Participación Ciudadana e indicando en el asunto “Subsanaciones o Alegaciones Subvenciones Participación Ciudadana 2026”. Si la subsanación se presentara en otro registro electrónico, de los que figuran en el art. 16 de la Ley 39/2015, que no sea el propio Ayuntamiento de Córdoba, se invita a informar de tal circunstancia al Departamento de Participación Ciudadana mediante remisión de correo electrónico a participacion.ciudadana@ayuncordoba.es.
La publicación del presente acuerdo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba (https://www.cordoba.es/sede/servicios/tablon), tiene lugar el día 2 de febrero de 2026 . El plazo para presentar la documentación para subsanaciones o alegaciones comienza el día 3 de febrero y termina el día 16 de febrero, ambos inclusive.
Descarga aquí el modelo de certificado de acreditación
Descarga aquí el formulario de subsanación de la declaración responsable modalidad A
Descarga aquí el formulario de subsanación de la declaración responsable modalidad B
El día 07 de noviembre se inicia el plazo para la presentación de solicitudes de subvenciones 2026, mediante la publicación del correspondiente Acuerdo núm. 1204/25 en el BOP-A-2025-3896 de Córdoba N.º 213, de fecha 06 de noviembre de 2025.
El plazo para la presentación de las solicitudes, que tendrán que ajustarse a lo establecido en las Bases de la Convocatoria, será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación, esto es del 07 de enero al 26 de noviembre, ambos incluidos.
MUY IMPORTANTE: Las solicitudes deben presentarse utilizando los formularios específicos en pdf para la convocatoria, que están accesibles al finalizar este texto, debiendo presentarse una vez rellenos a través del registro electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba https://www.cordoba.es/sede/tramites/tramites-generales/instancia-general (dirigidos a la unidad destinataria LA0016670 : Participación Ciudadana) o utilizando otros registros electrónicos reconocidos por la citada ley en su artículo 16.4.
Otras cuestiones de interés:
- Más abajo también se adjuntan las Bases Reguladoras de la Convocatoria, los Formularios de Solicitud de Modalidad A y de Modalidad B, el Modelo de Designación de Cuenta Bancaria (sólo es necesario presentarlo, con el CIF, en el caso de que la entidad no esté dada de alta en el programa de contabilidad del Ayuntamiento de Córdoba o se haya producido alguna modificación en los datos bancarios), un documento con las Preguntas más frecuentes y el Anuncio en el BOP de las Bases Reguladoras.
- Se recuerda la importancia de que las entidades vayan comprobando que la asociación no tenga deudas con la Tesorería de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal Tributaria ni con el Ayuntamiento de Córdoba antes de que finalice el plazo de solicitud de subvención (finaliza el 26 de noviembre). Los correspondientes certificados de estar al corriente podemos obtenerlos desde el Ayto. si se autoriza a ello en el formulario de solicitud.
- En el caso de que no se soliciten más de 3.000€ en total, entre las modalidades A y B, se puede presentar una declaración responsable (se anexa más abajo) haciendo constar que la asociación está al corriente de las obligaciones tributarias, sin tener que presentar los certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Hacienda del Ayto.. de Córdoba y la Agencia Estatal Tributaria.
- Es muy importante no superar en el Formulario de Solicitud la cantidad solicitada de 2.000 euros de subvención para la Modalidad A ni la cantidad solicitada de 3.500 euros en la solicitud de subvención para la Modalidad B, porque en ese caso la entidad no podría ser beneficiaria de la subvención.
- Se adjunta un modelo de certificado para acreditar la composición equilibrada por sexos de la junta directiva de la entidad (no es obligatorio presentarlo pero puede dar puntos en la valoración de la solicitud de subvención si se atiene a lo indicado en el artículo 15 de las Bases de Subvenciones 2026).
- Para cualquier otra duda relacionada con la interpretación o aplicación de las Bases de la Convocatoria de Subvenciones se puede contactar con el personal municipal a través de:
– subvenciones.participacionciudadana@ayuncordoba.es
– Tfno: 957 49 99 00, 957 49 99 47 (extensiones 20363 y 17401).
– Casa Ciudadana, en Ronda del Marrubial, s/n.
DOCUMENTACIÓN
- Designación de cuenta bancaria y comunicación de la baja de datos bancarios.
- BOP con la convocatoria.
- Convocatoria y bases reguladoras.
- Certificado de composición de la junta directiva de la asociación.
- Declaración responsable relativa a estar al corriente, en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Modalidad A. Proyectos.
- Modalidad B. Gastos de funcionamiento.
- Preguntas más frecuentes.
