Subvenciones para el fomento de la participación 2026
El día 07 de noviembre se inicia el plazo para la presentación de solicitudes de subvenciones 2026, mediante la publicación del correspondiente Acuerdo núm. 1204/25 en el BOP-A-2025-3896 de Córdoba N.º 213, de fecha 06 de noviembre de 2025.
El plazo para la presentación de las solicitudes, que tendrán que ajustarse a lo establecido en las Bases de la Convocatoria, será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación, esto es del 07 de enero al 26 de noviembre, ambos incluidos.
MUY IMPORTANTE: Las solicitudes deben presentarse utilizando los formularios específicos en pdf para la convocatoria, que están accesibles al finalizar este texto, debiendo presentarse una vez rellenos a través del registro electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba https://www.cordoba.es/sede/tramites/tramites-generales/instancia-general (dirigidos a la unidad destinataria LA0016670 : Participación Ciudadana) o utilizando otros registros electrónicos reconocidos por la citada ley en su artículo 16.4.
- Otras cuestiones de interés:
Más abajo también se adjuntan las Bases Reguladoras de la Convocatoria, los Formularios de Solicitud de Modalidad A y de Modalidad B, el Modelo de Designación de Cuenta Bancaria (sólo es necesario presentarlo, con el CIF, en el caso de que la entidad no esté dada de alta en el programa de contabilidad del Ayuntamiento de Córdoba o se haya producido alguna modificación en los datos bancarios) y el Anuncio en el BOP de las Bases Reguladoras. - Se recuerda la importancia de que las entidades vayan comprobando que la asociación no tenga deudas con la Tesorería de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal Tributaria ni con el Ayuntamiento de Córdoba antes de que finalice el plazo de solicitud de subvención (finaliza el 26 de noviembre). Los correspondientes certificados de estar al corriente podemos obtenerlos desde el Ayto. si se autoriza a ello en el formulario de solicitud.
- En el caso de que no se soliciten más de 3.000€ en total, entre las modalidades A y B, se puede presentar una declaración responsable (se anexa más abajo) haciendo constar que la asociación está al corriente de las obligaciones tributarias, sin tener que presentar los certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Hacienda del Ayto.. de Córdoba y la Agencia Estatal Tributaria.
- Es muy importante no superar en el Formulario de Solicitud la cantidad solicitada de 2.000 euros de subvención para la Modalidad A ni la cantidad solicitada de 3.500 euros en la solicitud de subvención para la Modalidad B.
- Se adjunta un modelo de certificado para acreditar la composición equilibrada por sexos de la junta directiva de la entidad (no es obligatorio presentarlo pero puede dar puntos en la valoración de la solicitud de subvención si se atiene a lo indicado en el artículo 15 de las Bases de Subvenciones 2026).
- Para cualquier otra duda relacionada con la interpretación o aplicación de las Bases de la Convocatoria de Subvenciones se puede contactar con el personal municipal a través de:
– subvenciones.participacionciudadana@ayuncordoba.es
– Tfno: 957 49 99 00, 957 49 99 47 (extensiones 20363 y 17401).
– Casa Ciudadana, en Ronda del Marrubial, s/n.
DOCUMENTACIÓN
- Designación de cuenta bancaria y comunicación de la baja de datos bancarios BOP con la convocatoria.
- Convocatoria y bases reguladoras.
- Certificado de composición de la junta directiva de la asociación.
- Declaración responsable relativa a estar al corriente, en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Modalidad A. Proyectos.
- Modalidad B. Gastos de funcionamiento.
